La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal dictaminó un mes de prisión preventiva contra el Silvestre Corporán, quien había amenazado por redes sociales al presidente Luis Abinader.
La orden la dictó la jueza interina Kenty Marisela Nuesí de Trinidad, quien precisó que la misma debe tener una ejecución inmediata.
Este lunes el Ministerio Público depositó la medida de coerción, quien le ocupó el dispositivo Iphone, modelo XR, color blanco con el que habría cometido el delito y que representa parte de las pruebas contra el imputado.
El imputado subió el contenido a su red social de Tik Tok @Estarlindhdtok. Tras su detención, Corporán alegó que la amenaza la hizo al ver como el hombre que atentó contra Trump se hizo viral.
También alegó que cometió el hecho porque “soy un influencer, que sube videos y hace humor y quería llamar la atención de sus seguidores”.
Piden no enviarlo a prisión
En torno a su casos, vecinos y familiares habrían pedido clemencia a quienes llevan el proceso judicial, aduciendo que el infractor cometió un error del que estaba arrepentido, por lo que pedía que lo liberaran, lo que no fue correspondido.
Diversas personalidades se expresaron en torno al hecho, entre ellas, la vicepresidenta de la República Raquel Peña y el ministro de la Presidencia, Joel Santos, quienes pidieron que se diera un ejemplo con el caso.
“La figura del presidente se respeta”, dijo la vice presidenta Peña en su momento; mientras que Santos argumentó: “hay que dar un ejemplo”.
En su solicitud el órgano persecutor solicita la imposición de prisión preventiva contra el acusado por entender que este “No cuenta con las garantías para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a los mismos, debido a que no cuenta con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga”.
En el documento, depositado ante el Tribunal de la Instrucción de la provincia San Cristóbal, la fiscalía de esa provincia otorga la calificación jurídica provisional de ofensa al jefe de Estado y amenaza agravada.
Recordó que estos delitos están tipificados en los artículos 86 y 307, respectivamente, del Código Penal dominicano.