👁Visitas: 4185286

Presidente-promulga-ley-que-ordena-uso-de-lengua-de-senas-en-actos-oficiales-y-television

Presidente Abinader promulga ley que ordena uso de lengua de señas en actos oficiales y televisión

Este martes el presidente de la República Luis Abinader promulgó la ley que reconoce la lengua de señas como medio de comunicación oficial y ordena a las instituciones públicas y medios de comunicación a utilizar intérpretes para que las personas sordas puedan comprender los mensajes.

El mandatario firmó la Ley 43-23, “Que reconoce el lenguaje de señas en la República Dominicana”, en acto celebrado en el Palacio Nacional junto a representantes de la comunidad de personas con discapacidad auditiva.

El nuevo mandato en su artículo 6 alega que “se debe procurar de manera progresiva la participación de intérpretes y guías intérpretes de la lengua de señas” en los actos oficiales o públicos en los que participe el presidente de la República, ministros y titulares de la administración local y de los organismos autónomos descentralizados.

También se comprenden aquellas celebraciones donde participen los presidentes de las cámaras legislativas, la Suprema Corte de Justicia y los órganos constitucionales o extra poder.

De igual manera, la transmisión por cadena nacional o estatal de las intervenciones gubernamentales, las sesiones del Congreso Nacional y los discursos de rendición de cuentas de los de los órganos constitucionales o extra poder deben contar con el servicio de intérpretes o guías intérpretes de la lengua de señas.

La nueva ley adjudica al Estado dominicano la responsabilidad de crear intervención de intérpretes en la televisión abierta para los programas informativos, documentales, culturales, educacionales y en los mensajes de las autoridades nacionales y municipales.

Los propietarios de medios de comunicación también deben utilizar intérpretes de manera progresiva en la transmisión de programas de televisión informativos y de interés general “cumpliendo con su responsabilidad social corporativa”.

El Estado tiene la obligación de garantizar la intervención de intérpretes o guías intérpretes de la lengua de señas y de subtítulos para las informaciones transmitidas en las redes sociales por los entes y órganos administrativos.

Ahí se cuentan las obras de teatro, conferencias, congresos u otros eventos de carácter público, donde se debe implementar el uso de intérpretes de la lengua de señas cuando un grupo de cinco o más personas sordas lo soliciten.

El Estado, por medio del Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación Superior y el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), tiene desde ahora la obligación de promover y crear programas de enseñanza bilingüe, basada en el español y la lengua de señas.

El consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, expuso que otra de las innovaciones de la ley es la institucionalización de un servicio de intérpretes y guías intérpretes, bajo la acreditación del Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS).

Peralta afirmó que, aunque “esta legislación no fue una iniciativa original el Poder Ejecutivo, sino del legislador Tobías Crespo, el Gobierno la asumió como si fuese propia y anuncia su compromiso con la ejecución plena de la misma”.

Estuvieron junto al mandatario en la promulgación los ministros de la Presidencia, Joel Santos, y Administrativo de la Presidencia, José Ignacio Paliza.

Además, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco; la presidente del Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis), Claudia María Pimentel Melgen, y el secretario de la Asociación Nacional de Sordos (Ansordo), Alan Jesurum.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *